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- La realización de todo tipo de actividades y funciones permitidas al Administrador de Fincas, incluida la de Secretario de la Comunidad, con las excepciones marcadas que se indican más adelante.
A.1.1.- Preparación y confección de convocatorias y actas con asistencia a las juntas.
A.1.2.- Contabilización y elaboración de las cuentas anuales. Comprende resumen de ingresos, resumen de gastos, liquidación individual, balance y presupuesto y cálculo de cuotas para el ejercicio siguiente.
A.1.3.- Atención individualizada 24 horas a través de aplicación Android e Ios, vía web a través de nuestra oficina online y del portal www.tuadministrador.es, por email y whatsapp, telefónica y presencialmente en horario de oficina (está última en horario de 10 a 14 y 17 a 20 horas en días laborables).
A.1.4.- Gestión y supervisión de obras: petición de presupuestos, elaboración de comparativas, confección y supervisión de contratos, verificación de solvencia y de cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos, tramitación de licencias, supervisión de las obras, control de pagos ....
A.1.5.- Supervisión del edificio, velando por el buen uso del mismo y sus instalaciones y servicios, encargando la reparación de las averías que se detecten y haciendo las oportunas advertencias y apercibimientos a los vecinos del edificio y a las empresas contratadas por la comunidad.
A.1.6.- Gestión energética de los suministros de electricidad y gas del edificio, adoptando o proponiendo medidas para la reducción del consumo de energía y revisando todos los años los contratos para mejorar el precio.
A.1.7.- Gestión web de la Comunidad mediante:
- Oficina online, donde se podrán realizar las gestiones más habituales.
- Con un pago adicional, gestión web de la Comunidad que permite el seguimiento de las obras, reparaciones y gestiones a través de una APP móvil y el acceso a la documentación de la Comunidad.
A.1.8.- Realización de todo tipo de gestiones ante órganos administrativos, cumplimentación de las obligaciones fiscales (declaraciones trimestrales y anuales de retenciones, atribución de rentas, operaciones con terceros, censales, atención de requerimientos fiscales e inspecciones fiscales si las hubiera ...).
A.1.9.- Asunción de las obligaciones como encargado de tratamiento de los datos de la comunidad y cumplimiento de las medidas de seguridad que marca la normativa de protección de datos.
A.1.10.- Actuar como secretario de la comunidad de propietarios y custodiar la documentación de la comunidad.
A.1.11.- Efectuar los pagos ordenando el pago de trasferencia o autorizando el cobro de recibos y emitir los recibos de cuotas ordinarias y derramas y gestión de las devoluciones.
A.1.12.- Lectura de contadores, facturación y emisión de recibos por consumos de agua, calefacción, electricidad u otros servicios de que pueda disponer el edificio, con periodicidad anual y opcionalmente de forma bimensual.
A.1.13.- En comunidades de nueva constitución, los trámites para la puesta en marcha de la Comunidad (obtención del CIF, libros de actas, apertura de cuenta bancaria, alta de los suministros ...).
A.1.14.- Gestión de los arrendamientos que tenga concertada la comunidad o que en su caso pueda concertar en el futuro la Comunidad sobre elementos comunes. Sólo están incluidos los expresamente indicados en el presupuesto.
A.1.15.- Gestión de subvenciones. El administrador percibiría por su tramitación un porcentaje del importe obtenido: hasta 3.000 € el 10%, por lo que supere este importe y hasta 10.000 € el 5% y por lo que exceda de 10.000 € el 3%. Todo ello con un mínimo de 300 euros.
A.1.16.- Cumplimentación de las obligaciones laborales (nóminas, altas y bajas, contratos, seguros sociales, control de riesgos laborales ... ) de los porteros y empleados de la comunidad que se indiquen expresamente en el presupuesto.
A.1.17.- Realización de los trámites para la obtención del certificado digital para que la comunidad pueda relacionarse con las administraciones públicas; seguimiento de los buzones electrónicos (Dirección Electrónica Habilitada o buzón 060, Sede del Punto Acceso General, Sistema RED, buzones de los Ayuntamientos y Comunidad Autónoma ...); recogida de las notificaciones electrónicas y tramitación de las mismas.
A.1.18.- Asunción la condición de interlocutor con las empresas y autónomos a los que contrate la comunidad en materia de prevención de riesgos laborales, informando de los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las medidas referidas a la prevención de tales riesgos, así como de las medidas de emergencia que se deban aplicar.
A.1.19.- Gestión de siniestros mediante el envío de la empresa reparadora, la apertura de expediente de siniestro en la compañía aseguradora de la comunidad y posterior seguimiento.
A.2.20.- Gestión de redes sociales y/o grupos de whatsapp creados por acuerdo de la comunidad de propietarios.
A.2.1. - Asesoramiento jurídico en todos sus campos a los cargos de la Comunidad sobre cuestiones que afecten a la misma.
A.2.2. - Reclamación judicial y extrajudicial a morosos vía procedimiento monitorio sin coste de abogado para la comunidad. Si bien, las costas judiciales que se obtengan, quedarán en beneficio de los profesionales que intervengan.
A.2.3. - Confección de los contratos que concierte la Comunidad (ejecución de obras, arrendamiento …).
A.2.4. – Reclamación en vía extrajudicial contra el promotor y demás agentes de la construcción por daños causados a la Comunidad y por defectos de la construcción. No se incluyen las reclamaciones por daños ocasionados en elementos privativos que no tengan su origen en elementos comunes o en los que no tenga responsabilidad la Comunidad.
A.2.5. – Reclamación extrajudicial por daños ocasionados a los elementos comunes, cuando no sea asumida por la compañía aseguradora del edificio.
A.2.6. - No se comprenden otro tipo de actuaciones judiciales que las indicadas en el apartado A.2.2. Caso de contratarse, se facturarían aparte, con una reducción del 50% sobre lo recogido en el libro de honorarios del Colegio de Abogados de Oviedo.
A.3.1. - Las juntas extraordinarias que se celebren a lo largo del ejercicio contable. El primer año la junta ordinaria y una extraordinaria están incluidas dentro del precio contratado. El coste de estas juntas adicionales será el equivalente al 50% del coste del servicio de administración, con un mínimo de 120,00 Euros más IVA.
A.3.2. - El coste de la contratación de una consultoría para la elaboración de la documentación de prevención de riesgos laborales, coordinación de actividades empresariales y protección de datos personales.
A.3.3.- Las lecturas de contadores que no sean anuales y no se hayan contratado expresamente.
A.3.4.- Los certificados solicitados por los propietarios.
- La certificación sobre el estado de deudas con la comunidad (art. 9.1.e LPH) se genera a través de la plataforma Ancert, fruto de la colaboración entre el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España y el Notariado español. Tiene un coste actualmente de 50 euros, IVA incluido.
- El certificado desglosando la deuda para reclamar judicialmente al propietario deudor, que tendría un coste de 150 euros, IVA incluido, a cargo del propietario deudor.
- El resto de los certificados, sean fiscales (retenciones de IRPF, ingresos realizados, rentas percibidas, IVA abonado ...), de acuerdos o de cualquier hecho o documentación de la comunidad, siempre que exista un interés legítimo del propietario que lo solicite, tienen un coste unitario de 50 euros, más un euro por página, en caso de incorporar copia certificada de alguna documentación, todo ello IVA incluido.
A.3.5.- Los gastos de envío de documentación, notificaciones y requerimientos realizados en nombre de la Comunidad. No se cobrará en concepto de material de oficina, papelería y llamadas.
A.3.6.- Reconstrucción de las cuentas de ejercicios anteriores al de la contratación. Su coste sería equivalente a cuatro mensualidades del coste de la administración por anualidad.
A.3.7.- La cumplimentación de las obligaciones laborales y fiscales que se deriven de la contratación de empleados de fincas urbanas adicionales a los que, en su caso, se indique en el presupuesto y/o contrato.
A.3.8.- La gestión de subvenciones tendrán el coste indicado en el punto A.1.15.
A.3.9.- La realización de copias de la documentación de la comunidad, cuando legalmente proceda, tendrá un coste de 0,05 € por página, con un mínimo de 20 euros, ya sea en formato papel o digital. Si la documentación solicitada es anterior a un año, habrá que añadir por cada documento solicitado 10,00 € en concepto de gastos de localización y apertura de archivos.
A.3.10.- El coste de la sala en la que se celebren las juntas o reuniones de comunidad o el que genere la celebración de juntas virtuales, online o telemáticas.
A.3.11.- El coste de obtención del certificado digital de representación de la comunidad ante las administraciones públicas y el de la plataforma para el seguimiento de las notificaciones electrónicas.
A.3.12.- Las gestiones o trabajos adicionales extraordinarios con una duración de una hora o más como reuniones, acompañamientos, trabajos de recepción, supervisión o control, inspección ... ya sea con peritos, abogados, arquitectos, proveedores, inspectores, constructoras ... que se cobraran a 50 € la hora más IVA.
Todos estos servicios se prestan bajo la cobertura de dos pólizas de seguro de responsabilidad civil por un importe máximo de 1.950.000,00 Euros por cada colegiado. Los precios se incrementarán el 1 de enero de cada año conforme a la variación del IPC del año anterior.